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La semana pasada comenzó a circular el  borrador de un acta de AFIP que establece que no van a poder exteriorizar en el régimen de la ley 27.260 los inmuebles declarados por sociedades en la medida que los accionistas también tengan declaradas las acciones.

En otras palabras, una persona física que es accionista de una sociedad argentina y tiene declaradas esas acciones no va a poder declarar a nombre propio los inmuebles (declarados) que posea la sociedad. Hasta ahora parecía posible que las personas físicas dueñas de inmuebles que hoy estaban a nombre de sociedades ( el principal motivo era que las personas físicas no tenían disponibilidad contable para declarar los inmuebles mientras que las sociedades de las cuales participaban sí ) pudieran ser  presentadas como parte del «Sinceramiento fiscal» a nombre de personas físicas que podrían de esta forma ordenar incluso problemas sucesorios, distribuciones societarias, etc etc.

Están planeando publicar una resolución general que modifique la norma actual en este sentido.

 

 

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